Adeudo en cuenta de deudas en ejecutiva
Adeudo en cuenta de deudas en ejecutivaUbicación
Portal tributario del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
Descripción ampliada
Este trámite permite gestionar el pago de deudas en vía de apremio mediante autorización para el cargo en una cuenta de su titularidad, cuando la deuda tenga un importe de 3.0000 euros.
Destinatario
El titular de la deuda.
Documentación requerida
Justificante de titularidad de la cuenta.
Plazos
La solicitud de adeudo en cuenta debe realizarse con una antelación mínima de TRES DÍAS HABILES (excluido sábado, domingo y festivos) a la fecha de finalización indicada en la notificación de la deuda o del documento de pago emitido.
Los cargos se realizarán dentro de los tres días siguientes a la solicitud y, en todo caso, antes de finalizar el plazo establecido en el documento de pago.
Los cargos se realizarán dentro de los tres días siguientes a la solicitud y, en todo caso, antes de finalizar el plazo establecido en el documento de pago.
Legislación
-Ordenanza fiscal general de gestión, inspección, recaudación y revisión de los tributos municipales y otros ingresos de derecho público.
-Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
-Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Tipo de tramitación
Presencial
En línea - Requiere autenticación