Vehículos IVTM Solicitud de devolución de ingresos por baja de vehículo
Solicitud de devolución de ingresos por baja de vehículoUbicación
Carpeta tributaria del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
Descripción ampliada
Si se ha pagado el recibo completo del impuesto y antes del 1 de octubre se comunica a tráfico la baja definitiva del vehículo, o la temporal por sustracción o robo, puede solicitarse la devolución de una parte de la cuota abonada.
En función del trimestre del año en que se produzca la baja del vehículo -primero, segundo o tercero-, tendrá derecho a la devolución de la cantidad correspondiente a tres, dos o un trimestre, respectivamente. Si la baja se produce en el cuarto trimestre no tiene derecho a la devolución de ninguna cantidad porque debe abonar el importe íntegro del impuesto.
La devolución se efectuará, exclusivamente, mediante transferencia bancaria en la cuenta del titular del derecho a obtener la devolución, consignada en la solicitud, sin que pueda exigirse responsabilidad si la devolución se realiza en la cuenta designada.
Documentación requerida
No se requiere aportar documentación ya que el Ayuntamiento verificará la concurrencia de los requisitos exigidos para la concesión de la bonificación mediante los sistemas de intermediación de datos entre las diferentes Administraciones Públicas competentes.
En caso de oposición motivada por parte del interesado, debe aportarse un escrito indicando las causas de oposición junto con el justificante de la baja emitido por la Dirección General de Tráfico.
En el supuesto de que no pueda accederse a la información a través de la Plataforma de Intermediación de Datos, el Ayuntamiento requerirá al solicitante la documentación acreditativa de cumplir los requisitos para el reconocimiento de la devolución.
En caso de oposición motivada por parte del interesado, debe aportarse un escrito indicando las causas de oposición junto con el justificante de la baja emitido por la Dirección General de Tráfico.
En el supuesto de que no pueda accederse a la información a través de la Plataforma de Intermediación de Datos, el Ayuntamiento requerirá al solicitante la documentación acreditativa de cumplir los requisitos para el reconocimiento de la devolución.
Plazos
La solicitud debe presentarse antes de que transcurran cuatro años desde el día siguiente a la fecha de pago del impuesto o, en su caso, de la baja del vehículo, si es posterior.
El plazo para resolver la solicitud es de seis meses a contar desde su presentación, debiendo entenderse estimada si pasado ese plazo no se ha resuelto.
Legislación
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 96.3.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Artículo 31.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. Art. 122 y siguientes.
- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto.
- Ordenanza fiscal general de Gestión, Inspección, Recaudación y Revisión de Tributos y otros ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
Tipo de tramitación
Presencial
En línea - Requiere autenticación